Integridad: Base y principios de la podología
Los principios de podología se basan en la formación continua y la función deontológica que les atribuyen y regulan en normas los Colegios Profesionales de Medina y la formación universitaria, además del marco legal vigente en el país en función de los intereses de los pacientes, usuarios y personal correlacionado.
Por ello, los podólogos cuentan con un código deontológico enmarcado en los principios de podología que es de libre conocimiento a través de impresiones y sus páginas web. El mismo está dirigido al fomento de la integridad, honradez, veracidad y la transparencia en las actuaciones, conocimientos, riesgos y consecuencias de sus acciones, instando también al mejoramiento profesional.
Los principios de la podología
Son los principios de podología las reglas éticas que guían, regulan e inspiran la conducta profesional del Podólogo. Impone deberes que obligan a todos los podólogos en el ejercicio de su profesión, sea cual fuere la modalidad aplicada. Las fallas a éstas son corregidas ante los tribunales colegiados pertinentes.
En los principios de podología se insta al profesional a actuar de forma vertical ante todo paciente sin importar su condición económica, ecológica, raza, credo, condición personal, género en el ejercicio de la medicina. Cuando éstos asumen un rol directivo, sus actuaciones han de ser supra morales para dar ejemplo y tener la fortaleza moral para corregir, multar y dirimir discrepancias.
Principios de la podología aplicados en pro de los pacientes
Los principios de podología instan al profesional a jamás realizar promesas de curación que no tengan base y/o metodología científica. El podólogo debe informar a cada paciente de las opciones y formas de tratamiento, desde cómo tratar esguinces, luxaciones, usar un corrector de juanetes o cirugías en dedos, entre otros.
El código deontológico y los principios de podología instan al podólogo a informar a pacientes y/o familiares los riesgos generales y/o específicos de una intervención y debe esperar el consentimiento o no además de alegatos de éstos.
Cada prueba diagnóstica ha de estar apegada a los protocolos. Toda la asistencia ha de cumplir una relación de respeto y confianza entre paciente y tratante. Las decisiones e intimidad del paciente han de ser respetadas.
El paciente decidirá si proseguir o no con el podólogo si observare que éste incumple los principios de podología (ejemplo, el secreto profesional) y podrá solicitar sus expedientes para cambiar de tratante. El profesional ha de acatar ello y facilitar el proceso.
Deberes del Podólogo
- Poner sus conocimientos profesionales en pro de la curación del paciente.
- Procurarle la mejor calidad de vida que la ciencia médica pueda ofrecerle.
- Mejoramiento profesional continuo y conocimiento de adelantos científicos en diversas patologías inherentes a la modalidad elegida (pacientes con diabetes, medicina deportiva, cirugía del pie, quiropodología, etc.).
- Informar al paciente sobre tratamientos farmacológicos viables auspiciados por otros especialistas.
- Vigilancia sobre las reacciones secundarias de los tratamientos dados a sus pacientes o que estén siendo auspiciados por otros profesionales.
- De observar signos y/o síntomas en el pie de alguna enfermedad sistémica, remitirá al paciente al especialista o médico de asistencia primaria e interactuará con éste para procurar asistencia integral.
- Solicitar consejo y/o ayuda a otro compañero de la misma rama.
- Comunicar las fallas que otro profesional podólogo cometiere en detrimento de los principios de podología.
- Abstenerse de críticas despectivamente las actuaciones profesionales de colegas u otros profesionales de la salud, en especial si lo hiciere delante de pacientes, familiares, colegas u otro personal de salud.